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PRÓRROGA DEL PLAZO DE EXTERIORIZACIÓN DE LOS PREMIOS DE JUBILACIÓN ESTABLECIDO EN CONVENIO DE ÁMBITO SUPRAEMPRESARIAL

La Disposición Adicional 15ª de LMRSF establece una prórroga del plazo de exteriorización de determinados premios de jubilación, fijándose como nueva fecha el 31 de Diciembre de 2004.

  • Afecta a los premios de Jubilación o cualquier otro compromiso vinculado a la permanencia del trabajador en la empresa hasta la jubilación, siempre que consista en una prestación pagada por una sola vez en el momento de la jubilación.
  • La prórroga no afecta a todos los premios de Jubilación, sólo a los establecidos en el Convenio colectivo de ámbito supraempresarial.
  • La exteriorización se podrá realizar a través de un Plan de Empleo de Promoción Conjunta o de un Seguro Colectivo de Vida que instrumente compromisos por pensiones.
 
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