Pagarés: Documento privado por el que una persona
o sociedad se compromete a pagar a otra, o a su orden,
una cantidad determinada en una fecha determinada. Existen
diversos tipos de pagarés, los más utilizados son los
bancarios y los de empresa.
Pago de indemnizaciones: El pago de indemnizaciones
es la principal obligación del asegurador que puede consistir
en la reparación del daño ocasionado sobre el bien o el
pago de la cantidad en que se valore el mismo en metálico.
Dicha cantidad deberá pagarse una vez producido y aceptado
el siniestro. La cuantía será establecida ya sea por acuerdo
entre las partes, por la actuación de un perito o la establecida
en litigio. El tope máximo del pago es el valor asegurado
que figure en el contrato.
Pago de primas: El tomador está obligado a efectuar el pago de una
prima para que se formalice el contrato.
Par,
a la:
Valor nominal de un Titulo-valor. Depende de la emisión
o cotización del valor, si es a un precio inferior se
llama bajo par, si es superior se denomina sobre la par.
Paraíso fiscal: Zona económica con trato fiscal
preferencial.
Paridad: Valor
de una moneda con respecto a otra, o con otro activo financiero.
Participación en beneficios: Fórmula que permite a los contratantes
de determinadas modalidades de seguros de vida participar
en los beneficios que se produzcan en el grupo de pólizas
convenidas en el sistema. Las entidades que concedan la
participación en beneficios deberán contener en sus pólizas
el sistema por el que se rijan para efectuar dicha participación,
el modelo de cuenta y los criterios de imputación que
permitan el cálculo de los beneficios a repartir.
Participación en resultados: Sistema a aplicar cuando hay
un resultado técnico positivo en pólizas colectivas o
de grupo del ramo de vida. Tiene carácter complementario
al otorgar una participación en los resultados de una
póliza.
Pasivo: Entendemos por pasivo de una empresa el
conjunto de deudas y obligaciones externas efectuadas
por la empresa.
Patrimonio neto: Diferencia entre el conjunto
de bienes y derechos menos las obligaciones y deudas.
Pérdida: Saldo negativo de un negocio u operación. Lo contrario de beneficio.
Período
de Amortización: Plazo de
tiempo en el que se devuelve el principal y los intereses
de un préstamo.
Peritación: Se
da este nombre en la terminología aseguradora a la función
desarrollada por un perito. Éstos son los encargados de
tasar y valorar las consecuencias económicas derivadas
de un siniestro.
Peritación (norma general de): Norma
que establece las líneas básicas de actuación que deben
tenerse en cuenta en la peritación de los daños ocasionados.
Perito: Persona que poseyendo conocimientos teóricos o prácticos informa
bajo juramento al juzgador sobre los litigios que se relacionan
con su especial saber o experiencia.
En el ramo de seguros, usualmente intervienen para
informar sobre las causas productoras de los siniestros
y la valoración de los daños ocasionados.
Perjudicado: En el ámbito asegurador entendemos por
perjudicado a la persona que sufre un daño a consecuencia
de un siniestro.
PIB: Producto Interior Bruto. Conjunto de bienes y servicios producidos
en el territorio nacional. Indicador fundamental de la
evolución de la actividad económica de un país.
Plan de pensiones: Según
el artículo 1 de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación
de los Planes y Fondos de Pensiones: Los planes de pensiones
definen el derecho de las personas, a cuyo favor se constituyen
a percibir rentas o capitales por jubilación, supervivencia,
viudedad, orfandad o invalidez, las obligaciones de contribución
a los mismos. Según el artículo 4 de dicha ley nos encontramos
distintas modalidades de Planes de Pensiones:
·En
razón de los sujetos constituyentes:
- Sistema
de empleo: Corresponde a los planes cuyo promotor es
cualquier entidad, corporación, sociedad o empresa y
cuyos partícipes son sus empleados.
- Sistema
asociado: Corresponde a los planes cuyo promotor es
cualquier asociación, sindicato, gremio o colectivo,
siendo los partícipes sus asociados y miembros.
- Sistema
individual: Corresponde a planes cuyo promotor son una
o varias entidades de carácter financiero y cuyos partícipes
son cualesquiera personas físicas, a excepción de las
que estén vinculadas a aquéllas por relación laboral
y sus parientes, hasta el tercer grado inclusive.
·En
razón de las obligaciones estipuladas:
- Planes de prestación definida, en los que se
define como objeto la cuantía de las prestaciones
a percibir por los beneficiarios.
- Planes de aportación definida, en los que el
objeto definido es la cuantía de las contribuciones
de los promotores y, en su caso, de los partícipes
al plan.
- Planes mixtos, cuyo objeto es, simultáneamente,
la cuantía de la prestación y la cuantía
de la contribución.
Los planes de los sistemas de empleo y asociados
podrán ser de cualquiera de las tres modalidades anteriores
y los del sistema individual sólo de la modalidad de contribución
definida.
Plusvalía: Beneficio obtenido como resultado de una
diferencia positiva entre el precio de entrada y el de
salida en una operación o transacción financiera.
Política económica: Suma del conjunto de medidas
de política fiscal, de rentas, de cambio y monetaria que
son manejadas por las autoridades económicas de un país
para conseguir determinados objetivos macroeconómicos.
Política
fiscal:
Conjunto de acciones gubernamentales que tienen por fin
influenciar la demanda mediante intervenciones en los
gastos e ingresos públicos.
Política monetaria: Conjunto de acciones gubernamentales
que tienen por fin influenciar la demanda mediante un
plan de actuación sobre la cantidad de dinero en circulación
y sobre los tipos de interés.
Póliza de seguro: Documento
en el cual se instrumenta el contrato de seguro. En dicho
documento vienen reflejadas las normas generales, particulares
o especiales que regulan las relaciones contractuales
que han convenido asegurador y asegurado.
Póliza colectiva: Determinado tipo de póliza
en la cual una sola póliza asegura un grupo de individuos.
Precio
de cierre:
Último precio al que se ha cruzado una orden de
compra y una orden de venta en Bolsa.
Precio
de ejercicio: Precio al
cual el poseedor de una opción tiene el derecho a comprar
o vender el activo subyacente objeto de la opción en una
fecha determinada.
Precio
de mercado:
Precio de cotización de un activo determinado que se refleja
en los mercados financieros.
Precio teórico: Precio de un activo calculado
en función de la situación real de una sociedad (beneficios,
ventas, etc.).
Precio/Cash Flow: Ratio que nos indica la relación
entre el precio de un valor y el cash-flow (flujo de caja)
de una sociedad (dividiendo este último a su vez por el
número de acciones emitidas).
Precio/Valor
contable:
Ratio que nos indica la relación entre el precio de un
valor y el valor contable de una sociedad (dividiendo
este último a su vez por el número de acciones emitidas).
Prestaciones: En el ámbito asegurador entendemos por
prestación el conjunto de obligaciones que, a cambio de
la prima que recibe por parte del asegurado, tiene el
asegurador en caso de que se produzca el siniestro.
Préstamo: Contrato por el cual una de las partes
entrega a la otra cierta cantidad de dinero (u otros activos
financieros) con la condición de devolverlos en una fecha
determinada sumándole a la cantidad prestada una serie
de intereses derivados de dicho préstamo.
Prevención de riesgos o siniestros: Medidas encaminadas a evitar
la ocurrencia de un siniestro y en el caso de que se produzca
el accidente sus consecuencias de daño sean las mínimas
posibles.
Prima: Precio a pagar por el comprador de una
opción de compra o de venta al vendedor de dicha opción.
En la terminología aseguradora se refiere a la prima como
la aportación
económica realizada por el asegurado a la entidad aseguradora
en concepto de contraprestación por la cobertura de riesgo
que éste le ofrece. Obligando a ambas partes a cumplir
con lo establecido en el contrato.
Prima de emisión: Cantidad de dinero que deben
pagar los suscriptores de acciones en las ampliaciones
de capital, cuando el valor de cotización de la acción
no coincide con su valor nominal. El precio tiende, pues,
a equiparar el coste de las nuevas acciones con la cotización
de las antiguas.
Producción de seguros: Actividad
encaminada a la realización de contratos de seguro mediante
la promoción, mediación y asesoramiento. El término producción
ha sido sustituido en la legislación española por el de
mediación.
Producto
derivado:
Producto financiero cuyo precio se deriva a partir de
las variaciones en el precio de uno o varios activos subyacentes.
Podemos encontrar tres tipos de productos derivados fundamentalmente,
que son:
·los
contratos a plazo (futuros y forward),
·las opciones, y
·los swaps (permutas financieras).
Productor: Persona
que se dedica a las funciones de producción. Viene representado
fundamentalmente por el agente, el delegado, el inspector
y el empleado de producción.
Propio asegurador: Persona
que no está asegurada y por tanto debe soportar con su
propio patrimonio las consecuencias económicas de accidentes
que afecten a sus bienes.
Proposición de seguro: Documento que suele formar
parte del contrato de seguro en el que se describen las
características del riesgo que se desea asegurar, con
el propósito de que la entidad aseguradora, tras su estudio,
decida su rechazo o aceptación y, en este último caso,
aplique la prima adecuada. Desde un punto de vista estrictamente
legal, en el ordenamiento español la proposición de seguro
es la que realiza el propio asegurador, que queda vinculado
por la misma durante quince días, según la Ley de Contrato
de Seguro.
Prórroga de seguro: Entendemos por prórroga a la renovación
de las garantías de la póliza otro periodo y en condiciones
similares a las que, hasta entonces, han tenido vigencia.
La prórroga suele producirse por anualidades y automáticamente
salvo previo aviso en contrario de alguna de las partes
contratantes.
Proyecto de seguro: Documento
en el cual viene reflejado el estudio de determinado riesgo
y en el cual se exponen las condiciones en que podría
realizarse la cobertura de dicho riesgo. Dicho documento
viene realizado por la entidad aseguradora.
Prueba del daño: Demostración por parte del asegurado de
que ha sido producida la pérdida y que ésta ha sido causada
por un riesgo cubierto por la póliza contratada.
Put: Opción de venta que permite al comprador
vender acciones u otros activos financieros en una fecha
y a un precio determinados.
PYME: Pequeña y Mediana Empresa. Empresas que
tienen entre 1 y 30 trabajadores.