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Objeto del seguro:
Compensación del perjuicio económico a consecuencia de un siniestro que experimenta un patrimonio.

Obligación: Títulos de renta fija que emiten empresas, instituciones u organismos para buscar financiación en los mercados de capitales. Dichos títulos son emitidos a medio y largo plazo.

Obligaciones del asegurado:
· Descripción del objeto asegurable fijando su valor económico.
· Pago de la prima acordada en el contrato de seguro.
· Notificación del siniestro producido. 

Obligaciones del asegurador (aseguradora): Su principal obligación es efectuar el pago de la indemnización acordada en la póliza al producirse el siniestro.

Oferta: Cantidad de un bien que un mercado está dispuesto a producir a un precio determinado.

Oferta del seguro: Oferta de proposición de las condiciones y términos que se pactan para llevar a cabo la cobertura del riesgo efectuada por el propio asegurador. Queda estipulado en la ley que mientras la solicitud no obliga al solicitante, la oferta de seguro realizada por un asegurador vincula a éste durante un plazo de quince días. En todo caso, por acuerdo de las partes, los efectos del seguro pueden retrotraerse al momento en que se presentó la solicitud o se formuló la proposición.

Oferta pública de adquisición (OPA): Oferta de compra de acciones pública con el objeto de adquirir una participación mayoritaria en una sociedad. En determinadas ocasiones dicha oferta está condicionada a obtener una determinada participación. El precio suele ser superior al del mercado, para favorecer la aceptación, que debe realizarse en un plazo fijado.

Oferta pública de venta (OPV): Oferta pública de venta de acciones llevada a cabo por el poseedor de una participación importante de títulos de una sociedad. El precio de la venta puede estar fijado previamente o en una fecha posterior.

OPA Hostil: OPA que se lanza sobre determinada empresa que se desea adquirir sin el conocimiento previo de ésta.

Opciones: Instrumento financiero derivado por medio del cual su comprador adquiere el derecho (no la obligación) a comprar o vender un activo (subyacente), dentro de un plazo predefinido, en un precio (de ejercicio) fijado de antemano en el momento de firmarse el contrato. Para obtener este derecho se debe comprar la opción pagando un precio (prima) que es un porcentaje pequeño del precio del instrumento.

Opción americana: Determinado tipo de opción que puede ejercerse en cualquier momento durante la vida de la opción hasta su vencimiento. Las opciones americanas son más flexibles que las europeas y, por eso, una opción americana nunca puede valer menos que la opción europea equivalente. La mayoría de opciones negociadas en los mercados financieros son opciones americanas.

Opción Call: Opción de compra. Instrumento derivado que da a su comprador el derecho (pero no la obligación) a comprar un activo en una fecha futura y a un precio estipulado.

Opción europea: Tipo de acción que se diferencia de la americana debido a que ésta únicamente puede ejercerse al vencimiento.

Opción Put: Opción de venta. Instrumento derivado que da a su comprador el derecho (pero no la obligación) a vender un activo en una fecha futura y a un precio estipulado.

 
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